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Uría: una 'app' con fines comunicativos

Hoy analizamos un nuevo formato de comunicación: la app. Una app (abreviatura del vocablo inglés 'application' o lo que es lo mismo, "aplicación") no es per se una herramienta comunicativa, sino un programa desarrollado específicamente para plataformas móviles.

Cada app tiene una utilidad concreta y en algunos casos han sido creadas específicamente para abogados. La mayoría de este tipo de apps jurídicas proviene de EE.UU. donde se han desarrollado aplicaciones para presentaciones en juicio, para buscar jurisprudencia o textos legales, para presentación de escritos, para hacer anotaciones sobre miembros del jurado, diccionarios legales, buscadores de patentes e incluso para hacer seguimiento del tiempo empleado en llamadas a clientes para facilitar la posterior facturación. 


Capturas de la app para iPhone 'Fastcase' que permite localizar jurisprudencia
filtrando por palabras clave, estado, fecha, etc.

En Iuris Communicatio hemos querido detenernos a analizar una app, la de Uría Menéndez, por dos razones:

  1. En primer lugar porque ha sido desarrollada por uno de los principales bufetes de nuestro país, que además publicita abiertamente su app como reclamo en la home de su página web.
  2. En segundo lugar porque se trata de una app comunicativa que hace las veces de hub o central de distribución de sus contenidos, alejándose del criterio funcional o utilitarista seguido por la mayoría de las apps jurídicas al otro lado del 'charco'. 


'Banner' o anuncio en la 'Home' de la página de Uría Menéndez en el que se comete
el error de masculinizar el término 'app' empañando la imagen de modernidad que
se quiere proyectar

Es sin duda una gran idea (pese a la masculinización del término app): por un lado aportamos una imagen tecnológica, moderna y de innovación a la marca, al tiempo que reforzamos, mediante los contenidos, la imagen de 'expertos' en los diversos sectores (que son muchos) que abarcan las publicaciones recogidas en la app. 

La idea se redondea aún más si tenemos en cuenta que no aumentamos la carga de trabajo de nuestros abogados ya que es simplemente otro canal más de difusión, con la ventaja añadida de que se pueden consultar mientras viajamos o desde el sofá de casa, desligando al lector de su ordenador profesional o de trabajo y generando una nueva ventana para la consulta de contenidos fuera del marco habitual, pudiendo incluso generar un mayor interés o empatía con la lectura. 
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La guinda la pone el acertado enfoque del departamento de comunicación de Uría que 'vende' la app como una manifestación más de su "convicción de compartir el conocimiento jurídico" (más si cabe, si tenemos en cuenta que la aplicación es gratuita), con lo que entra en juego otro factor beneficioso: el del refuerzo de los valores de la marca.  

LA APLICACIÓN, AL DETALLE



Pantalla de iTunes previa a la descarga de la app

¿Qué contiene la app? Los desarrolladores la han dividido en un menú principal compuesto por siete apartados (vid. infra) y un menú secundario al pie de la aplicación que incluye "Descargas", "Opciones", un enlace directo a la web de Uría llamado "uria.com" (sin mayúscula, ni acentuar), un "Aviso Legal" (con doble mayúscula), "Sugerencias" y , por último, un apartado de "Actualizar".


Aspecto del menú principal y del menú secundario


Lo primero que salta a la vista es que el diseño es muy limpio, intuitivo y juega con las tipografías y colores corporativos, afianzando la identidad de la marca con un diseño que refuerza (por su sencillez) la idea de guías en un contexto complejo.

Hubiese querido hacer un análisis pormenorizado de la app, pantalla a pantalla, pero para no extendernos mucho más y aligerar así este artículo dado que la app tiene muchas ramificaciones y contenidos, quisiera ceñirme a destacar algunos aspectos: 

  • El primero es la fácil navegabilidad, con diferentes opciones para acceder al mismo contenido. Por ejemplo, para leer la revista de 'Actualidad Jurídica' podemos: navegar directamente por los menús hasta el artículo deseado, descargar la revista entera y usar su menú superior para desplegar el índice, buscar palabras, etc. o enviarla por correo electrónico (como recordatorio para leerla más adelante o leerla en otra plataforma). 


Aspecto del menú navegable de la revista "Actualidad Jurídica"

  • Es también una app flexible que podemos recorrer en 5 minutos en busca de novedades legislativas o en la que podemos invertir horas deteniéndonos en contenidos específicos. 
  • Contiene múltiples funcionalidades como la posibilidad de cambio de idioma (al menos en el apartado de 'Novedades legislativas' que permite leer la información en portugués), filtros por área legal, búsquedas por palabras, vistas dinámicas, etc. 
  • Deja abierto un canal de comunicación y diálogo al permitir enviar un comentario o sugerencias sobre la app directamente al webmaster de Uría (aunque yo, personalmente, no habría llamado a esa cuenta 'webmaster@uria.com' sino comentariosapp@uria.com o algo más comunicativo como hablemosdelaapp@uria.com).
Aunque si hay un aspecto a destacar, es sin duda que se trata de...



UNA APLICACIÓN CON VOCACIÓN DE SER COMPARTIDA


Así es. Uno de los rasgos principales de la app de Uría es que todo se puede compartir. Podemos enviar por mail cualquier artículo e incluso la revista corporativa completa puede llegar a nuestro buzón o al de un amigo o compañero del despacho, recibiendo un simple enlace, sin necesidad de que el receptor tenga la app descargada en su iPad. Y todo, en un entorno controlado. Un gran trabajo.


Aspecto del mail recibido tras compartir la revista 'Actualidad Jurídica'

CONCLUSIONES

Quizá se eche en falta una mayor unidad del diseño de los contenidos para facilitar su identificación y acceso independientemente del apartado que estemos visitando (el diseño por ejemplo de 'Actualidad Jurídica' poco o nada tiene que ver con el diseño de las circulares informativas) y quizá no se plantearon bien las categorías del menú principal (sólo hay una circular informativa desde octubre de 2011) que podrían haber contribuido más directamente a separar los contenidos por áreas temáticas de división más clara, incluso separando de entrada por áreas legales. 

Por otro lado, también se echa de menos que no esté disponible en Android para garantizar su acceso a aquellos que viven fuera del universo Apple, pero no deja de ser una gran idea en su versión 1.0, que probablemente veremos evolucionar en futuras versiones y que sin duda debiera inspirar a otros despachos.

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¿Queréis que analicemos alguna acción comunicativa? Enviádnosla


En Iuris Communicatio, pese a la juventud de este blogseguimos creciendo. Cada vez sois más los que nos seguís en Twitter para estar al día de lo que publicamos en el blog y aún mayores son las visitas que recibimos en la primera página de análisis de la comunicación jurídica española. Queremos aprovechar para daros las gracias a todos y avanzaros algunos de los ingredientes que queremos incorporar a este espacio. 

Entre nuestros planes a medio plazo, de los que queremos que estéis informados, figuran firmas invitadas, entrevistas, premios a la mejor comunicación nacional y otra serie de sorpresas que iremos desvelando llegado el momento.

Entre tanto, Iuris Communicatio aspira a ser una plataforma más abierta, que cuente con la participación activa de sus lectores. ¿Tenéis comunicaciones que queráis que Iuris Communicatio analice? Si es así, no dudéis en enviarnos folletos, URL's de páginas web, Apps, fotos de despachos, tweets, perfiles de Facebook, LinkedIn, Twitter y otras redes sociales (Google+, Pinterest, etc.), vídeos, logotipos, acciones de RSC, artículos de prensa, firmas de e-mail, tarjetas o cualesquiera otras acciones comunicativas para someterlas a análisis. Por supuesto, garantizamos el estricto anonimato del remitente. Si queréis participar, enviad lo que queráis someter a análisis (o vuestras opiniones o sugerencias) a iuriscommunicatio@coinlab.org.

Una vez más, muchas gracias a todos por hacer de este espacio el vuestro.

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Cuatrecasas o cómo hacer un vídeo corporativo impecable

Con motivo de su cambio de sede, el Departamento de Comunicación de Cuatrecasas ha publicado lo que ellos llaman un 'minidocumental' sobre el edificio que abandonan en Velázquez 63 para mudarse a la calle Almagro (para los que conozcan la capital, se mudan a la antigua sede de Mutua Madrileña, en el número 9 de la mencionada calle).

Antigua sede corporativa de Cuatrecasas

La verdad es que hacía tiempo que no veía un ejemplo tan impecable de comunicación a pesar de algunos muy leves detalles en lo que respecta a su difusión, que aún así no desmerecen una calidad excelente. 

Empezamos este análisis, como no podía ser de otra manera, por el propio vídeo:


El minidocumental arranca con esta brillante cita:


Una cita que resume los valores del vídeo: sincero, auténtico, atractivo y bonito: la música ha sido seleccionada con un criterio inapelable, la locución, rotulación y montaje son también excelentes y el tono elegido es, sin duda, lo más acertado. 

Quisiera destacar el riguroso enfoque arquitectónico (con anécdota sobre un túnel de huida de la época de las Brigadas Internacionales incluida), la cercanía de las intervenciones del socio Nicolás González-Deleito, las referencias al 'dichoso ascensor', que humanizan y acercan la marca, el riguroso tratamiento informativo con imágenes y footage históricos y, como no, el uso de imágenes de archivo de la propia firma (el tablao flamenco, el excelente y divertido vídeo de "siempre unidos", los sketches de bancario, ...). 

También cabe elogiar tanto la inclusión de todo el personal de la firma (recepción, camarera, custodia y servicios generales incluidos) que proyecta una imagen de equipo fundamental en toda gran firma, como el cierre de la locución con la mención al "final de una era emblemática" que redondea un trabajo de mucha calidad. 

La imagen de la marca sale sin duda muy reforzada: calidad, rigor, cercanía, empatía, imagen de 'gran marca', de equipo unido, de marca en crecimiento... Resumiendo: en 15 min. han logrado transmitir todos y cada uno de los pilares de una efectiva comunicación jurídica. 

SOBRE LA DIFUSIÓN DEL VÍDEO

Lo primero que me ha llamado la atención es que, pese a lo acertado del título, no se optara por titular con Cuatrecasas (algo tipo: "Velázquez 63: adiós a una era emblemática de Cuatrecasas GP"), facilitando que se encuentre el vídeo al buscar 'Cuatrecasas' tanto en YouTube como en Google.

En cualquier caso, en el propio texto descriptivo, el tono es inmejorable: muy cercano, denota cierto cariño y mucho respeto por las paredes que les han acogido desde 1997 y hablan incluso de que es la firma la que homenajea al edificio. Sin duda, va en la línea del propio vídeo y favorece enormemente la empatía. Es más, hasta el propio apelativo de "minidocumental" refuerza esa cercanía empática al tiempo que arroga un carácter didáctico y riguroso al contenido. Impecable, salvo por detalles mínimos en la redacción como son algunas mayúsculas injustificadas ("Palacete", "Firma" y "Sede") y una errata menor en la última frase. 

Quizá se podían haber corregido un par de detalles a la hora de difundir el vídeo como son evitar las mayúsculas (que recordemos que en Internet equivalen a "gritar") o subir el vídeo para luego bajarlo y volver a subirlo, aunque en cualquier caso, insisto en que son minucias que no desmerecen ni la calidad, ni el impacto positivo del vídeo.

Un último comentario, que se va convirtiendo en un clásico de Iuris Communicatio, es que es una pena que el vídeo no esté colgado también dentro de la propia página de Cuatrecasas y que los enlaces nos lleven a ese entorno controlado desde el que poder acceder a más información de la marca. 



LA RECOMPENSA A UN TRABAJO BIEN HECHO


Como no podía ser menos, la acogida por parte de la comunidad internauta (en la que por supuesto me incluyo) ha sido muy positiva, lográndose menciones, retweets y, permitídme la obviedad, comentarios en blogs. El impacto positivo sobre la marca es indudable. 

Estas son algunas de las reacciones suscitadas:




Resumiendo: enhorabuena, excelente trabajo.
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KPMG: Comunicando valores (a medias)

KPMG es una firma global con presencia en 148 países, según la wikipedia, o 152 según su página web oficial para España. En nuestro país cuentan con 2.700 empleados, repartidos en 16 oficinas. Como vemos, son unas cifras imponentes que dan idea (aunque confusa por la contradicción de cifras) de la magnitud del bufete. 

Hoy son objeto de análisis en IURIS COMMUNICATIO por el siguiente tweet del 8 de mayo:


En primer lugar publican un primer tweet en el que lanzan una acertada pregunta que sirve como enganche para el follower. Un rasgo definitorio del internauta es la curiosidad (que le ha llevado a manejar la tecnología que le permite abrir la mayor ventana al mundo: internet). Esta pregunta puede ser el detonante que lleve a pinchar sobre el enlace para averiguar cuáles son esos factores de diferenciación que proclaman. Es decir, estamos ante un tweet que parece acertado pese a la falta de rigor al no poner la mayúscula a 'En' tras la pregunta formulada y la discutible oportunidad de la elección del término "compañía" para definirse.

Ahora bien, ¿qué empuja a un segundo tweet inmediatamente después con un cambio en la formulación  pero con el mismo contenido? Sea lo que fuere, el resultado percibido es de improvisación. Sin embargo, de haber dejado un mayor lapso de tiempo, se habría justificado la doble publicación para llegar al público que consulta su Twitter sólo por las mañanas y al público que lo hace sólo por las tardes, evitando que nuestro tweet quede sepultado por otros muchos. En cualquier caso, resulta acertado que esta vez se anuncie que el contenido es en inglés para no generar distanciamiento con la parte exclusivamente castellano parlante de nuestra audiencia.

UNA FIRMA INTERNACIONAL


El mencionado segundo tweet adolece de otro grave defecto: un error ortográfico en 'throught' (cuya ortografía correcta sería 'through') que es aún más sangrante si tenemos en cuenta que se trata de una firma internacional, que no sólo hace bandera de su visión global, sino que además se trata del eslogan de la marca, que recoge bajo su propio logotipo en la página web. 


Veamos ahora el vídeo en cuestión (cuyo título en YouTube repite el mismo error ortográfico):


Entrando a valorar la estrategia de comunicación de KPMG, no parece acertado promocionar un vídeo corporativo en inglés que les distancia de su audiencia. Su objetivo debiera ser transmitir cercanía a su 'target', que es el mercado nacional, destacando su dimensión internacional como valor añadido. Por otro lado, el 'tono cinematográfico' adoptado tampoco parece ser el más apropiado para generar los valores esperados de un despacho en lo que parece un formato más dirigido a un público anglosajón.

En cuanto al aspecto formal, se echa de menos que el vídeo no esté colgado directamente en la página de la firma en el apartado valores (además de en YouTube), para poder enlazar a un entorno controlado (como ya hemos visto en este blog) dando la opción al internauta de acceder a más información sobre la marca. 

Juega a su favor el que aprovechen acertadamente el apartado descriptivo de los vídeos de YouTube para corregir esa distancia con la audiencia y redactar un impecable resumen (que podéis leer aquí) con los valores de la marca. Una pena que al final de ese mismo texto redirijan a otro vídeo cuyo título es "KPMG Switzerland [...]", de nuevo en inglés, de mayor extensión y sin texto explicativo en español, quedando excluida la audiencia que no se maneja con el idioma de Shakespeare.


De todas formas, quizá la solución más práctica habría sido unos simples subtítulos, aunque el ideal habría sido contar con la grabación sin la locución en inglés (que seguramente obre en poder del Departamento de Comunicación que encargó el vídeo) para poder grabar una nueva locución en español sobre las mismas imágenes, jugando con la dimensión internacional, pero generando cercanía. 

¿CUÁLES SON REALMENTE SUS VALORES?

En cualquier caso, lo que considero más grave (y es lo que más me ha llamado la atención) es la absoluta falta de coincidencia entre los valores proclamados en la página web oficial de la firma y los enunciados en el/los vídeo/s. Estos son los valores explicitados en la web:

  • Lideramos dando ejemplo
  • Trabajamos en equipo
  • Respetamos a la persona
  • Analizamos los hechos para aportar nuestro juicio profesional
  • Nos comunicamos de forma abierta y sincera
  • Estamos comprometidos con la sociedad
  • Ante todo, actuamos con integridad 

Algunos pretendidos 'valores' no debieran siquiera figurar en esta categoría (como por ejemplo, el análisis de los hechos para aportar un juicio profesional -una obviedad que no es ningún valor per se- o el actuar con integridad -que se presupone en el ejercicio de cualquier actividad profesional-).

Veamos ahora los valores enunciados en el vídeo:

  • Claridad
  • Alto rendimiento 
  • Libertad de expresión
  • Integridad (curiosamente, el único que recogen tanto la página web como el vídeo)
  • Ir un paso más allá
  • Entender las necesidades del cliente
  • Calidad de servicio


Que duda cabe que al analizar la falta de concordancia entre valores, la sensación que queda es la de ausencia de los mismos (o de ausencia, en su defecto, de un plan de comunicación efectivo).

UN ÚLTIMO APUNTE: WIKIPEDIA


De nuevo, más contradicciones: si bien es un acierto contar con un artículo en wikipedia como arma promocional, debemos asegurarnos de que su contenido no difiere del expuesto en la página oficial. ¿Y si un medio de comunicación debe informarse sobre la firma para un reportaje? ¿Cuál será la fuente a elegir? El rigor periodístico llevaría al redactor a llamar al Departamento de Comunicación para aclarar dudas, pero desde luego, no se lo están poniendo fácil y puede que ese error acabe en prensa distorsionando la realidad de la marca o puede que el redactor decida informar sobre otra firma cuya información no ofrece dudas, ante la falta de tiempo antes de un apretado cierre.



De todas formas, ya que el artículo de la wikipedia se redactó en 2007, parece que se trata simplemente de una información desactualizada aunque de ser así, un Departamento de Comunicación de una firma de la talla de KPMG debiera tener claras las plataformas a través de las cuáles se publicita y mantener esa información al día. 
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Aranzadi lanza un curso de redes sociales para abogados

Mientras unos pierden el tiempo debatiendo la utilidad o no de las redes sociales en el campo del Derecho y más concretamente en la comunicación de los despachos, otros, como Aranzadi, lo tienen claro y lanzan este curso dirigido a abogados solistas, microdespachos, despachos pequeños y medianos.

La consultora de Márketing y Comunicación especializada en el sector jurídico, Eva Bruch es la encargada de impartir este breve curso (que dura 1,5 h.), centrado en LinkedIn y Twitter.


Eva Bruch (pincha sobre la foto para ver su perfil de LinkedIn)



No deja de ser una lástima que se hayan dejado fuera redes sociales como Facebook y otras en auge como Pinterest (que ya ha desbancado a LinkedIn como tercera red social en importancia en EE.UU. por detrás de Facebook y Twitter), aunque sin duda, un despacho debe contar con, al menos, un Twitter y un LinkedIn.

En cualquier caso, el programa anunciado es el siguiente:

  • LINKEDIN 
    • Completar el perfil
    • Página de la empresa
    • Contactos
    • Grupos
    • Invitaciones
  • TWITTER
    • Tipo de perfil y agregación de contactos
    • Interacción con la red de contactos
    • Seleccionar información
    • Reglas de etiqueta
    • Gestionar la información
    • Gestionar la presencia on-line
El precio es de 112,5 € sin IVA y 132,75 con IVA.

Más información, aquí.

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"En Gómez-Acebo & Pombo tuitea un marciano"

Un buen ejemplo de comunicación jurídica es el Departamento de Comunicación de Gómez-Acebo & Pombo, que dirige Rosana Rumschisky. Hoy, primeras conclusiones gracias a la cuenta de Twitter de la firma.

ASPECTOS FORMALES

Gómez-Acebo & Pombo cuenta con un Twitter cuidado en el que el ampersand (símbolo "&") en color corporativo es el fondo de pantalla y en el que la foto de perfil es el mismo símbolo, perfectamente escalado, sin pixelar, sin cambios de tonalidades cromáticas y adaptado a su espacio natural. Además, el nombre de la marca siempre figura completo y se ha mantenido con un nombre de cuenta adecuado (@gomezacebopombo). Parece básico, pero ya iremos viendo en este mismo blog que no todos los despachos cumplen siquiera con los mínimos básicos.


En cualquier caso, quizá se echa de menos que no hayan establecido todo el fondo como negro para una mayor integración de la marca con el resto de la pantalla haciendo que el diálogo entre la marca y el soporte fuera más natural, pero por lo demás, mantienen una imagen impecable.

Esa imagen intachable viene además respaldada por un buen criterio a la hora de establecer el tono de la conversación con sus followers, de juzgar los contenidos relevantes a transmitir y la cantidad de mensajes a enviar (una media de dos o tres tweets al día).


UN BUEN EJEMPLO DE COMUNICACIÓN


Me detengo sobre este tweet del 3 de mayo en particular porque creo que en él se compendian algunas de las claves de una buena comunicación jurídica vía Twitter:


  • La primera clave es que la redacción sea impecable pese a la limitación de caracteres.
  • La segunda es generar un contenido de interés para nuestros seguidores (como es el caso ya que el seguidor de Twitter es 'digital' con lo que un artículo sobre la sede social electrónica y la página web corporativa será potencialmente de su interés), siendo importante también que la extensión de la lectura recomendada sea adecuada al limitado tiempo de los internautas que nos siguen.
  • Una tercera clave sería que el contenido sea de interés también para la marca: es decir, que refleje los valores de la marca o que refuerce su imagen de profesionalidad, conocimiento, modernidad, seriedad y rigor (como también es el caso ya que el enlace nos lleva a un entorno controlado -aunque es una pena que sea externo a la página corporativa de Gómez-Acebo & Pombo- en el que nos ofrecen un artículo firmado por Irantzu Aguirre, Asociada Senior del área de Mercantil de Gómez Acebo & Pombo Bilbao.  Se refuerza así una imagen de 'conocedores de nuestro mercado', lo que permite asociar 'expertos' con la marca y subrayar la capacidad profesional del despacho para generar opinión con su conocimiento.
    En cuanto al aspecto más formal, es de destacar la presentación del artículo que se nos ofrece como recorte por un lado, pero también podemos ver la página completa con referencia de la publicación, la fecha, la sección del periódico correspondiente, los artículos de acompañamiento, etc. dando más credibilidad al artículo. 

MARCIANOS

¿Qué pasa cuando no se siguen estas pautas? Para mi sorpresa, hoy mismo tenemos un ejemplo en la propia cuenta de Gómez-Acebo & Pombo: 


Se trata de un tweet de pésima redacción, de relativo interés para el internauta ya que esa misma noticia había saltado ya en muchos medios digitales y que además no aporta valores relevantes a la marca... ¿Y qué sucedió? Pues lo siguiente:


Un seguidor de la cuenta de Gómez-Acebo & Pombo, que se autodefine como jurista, proclama que "en @gomezacebopombo tuitea un marciano". 

Se trata de un error de comunicación imperdonable: una mala redacción ha derivado en una conversación (recordemos que Twitter es conversacional) que pone en tela de juicio la calidad de la comunicación. Esto afecta negativamente a la reputación on-line y a la imagen de la marca.

Un segundo error es la ingenua respuesta de "por qué?" (sin el correcto punto de interrogación inicial pese a sobrar espacio) que denota no ser consciente del error cometido en un primer momento y que da pie a un segundo comentario negativo, por lo que no sólo no se minimiza el impacto del primer comentario (contención de daños) sino que, al contrario, se amplía. 

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Iuris Communicatio ya tiene Twitter

Iuris Communicatio cuenta ya con cuenta propia de Twitter desde la que poder seguir la comunicación de instituciones y despachos en la popular red de microblogging. 




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La razón de ser de este blog


La comunicación jurídica es un campo relativamente reciente en España. Hasta la llegada de los grandes despachos internacionales a nuestro país, sus homólogos nacionales no vieron la necesidad de realizar grandes inversiones en este campo. Sin embargo, los grandes bufetes internacionales sí que supieron ver desde el principio que un despacho es, al fin y al cabo, una empresa y que, como tal, requiere una estrategia empresarial que incluya una comunicación en sentido amplio, no sólo para afianzar la posición del bufete, sino para contribuir directamente a su expansión.

Con el cambio de mentalidad de las firmas nacionales han surgido multitud de departamentos de comunicación de los que emanan a diario acciones comunicativas de todo tipo. 

El objetivo de este blog será analizar todas estas acciones desde la seriedad, el rigor y el sentido común, desgranando los patrones correctos de la comunicación jurídica y en particular de la comunicación juríidica 2.0. Así, analizaremos cuentas de redes sociales, páginas web, blogs, etc. pero sin dejar de lado la comunicación más tradicional: imagen corporativa, publicaciones impresas, acciones de responsabilidad social coroporativa e incluso lo que comunican las propias oficinas físicas, porque todo comunica.

¿Qué mensaje está mandando su despacho?

LA RAZÓN DE SER

Desde IURIS COMMUNICATIO queremos ser el espejo en el que la comunicación jurídica pueda mirarse. Aspiramos a reconocer el trabajo bien hecho, siendo también críticos con la comunicación más pobre. Buscaremos las mejores ideas y pondremos en evidencia las peores. 

En definitiva, creemos firmemente que la comunicación es fundamental y que puede acercar a una firma a la sociedad y al éxito empresarial o alejarla definitivamente de la luz pública y condenarla al fracaso.